Legal Committee

Comité Jurídico de la Conferencia General

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Legal Committee

La Oficina de Normas Internacionales y Asuntos Jurídicos desempeña las funciones de Secretaría del Comité Jurídico de la Conferencia General.

El Comité Jurídico es un comité de la Conferencia General, que se compone de 24 miembros elegidos por la Conferencia. El Comité esta constituido para cada reunión ordinaria de la Conferencia y se reúne cada vez que sea necesario antes de la apertura de la reunión ordinaria siguiente de la Conferencia, cuando lo convoque el Presidente de la Conferencia General o a petición del Consejo Ejecutivo. 

 

Legal Committee

Funciones

El Comité Jurídico :
 

  • Informa a la Conferencia General sobre los asuntos jurídicos

    En virtud del Artículo 35 del Reglemento de la Conferencia General, el Comité jurídico examina :

    a) las propuestas de modificación de la Constitución y del Reglamento de la Conferencia General;
    b) los puntos del orden del día que le remita la Conferencia General;
    c) las peticiones de reconsideración presentadas por los patrocinadores de los proyectos de resolución sometidos a la Conferencia General que el Director General no haya considerado admisibles de conformidad con el Artículo 77 (proyectos de resolución relativos al Proyecto de Programa y Presupuesto);
    d) las cuestiones jurídicas que le remitan la Conferencia General o uno de sus órganos;
    e) los informes sobre las convenciones y recomendaciones que le remita la Conferencia General.
     

  • Ejerce de Comité de Verificación de Poderes

    En virtud del Artículo 35 del Reglemento de la Conferencia General, el Comité jurídico examina e informa la Conferencia General sobre las credenciales de las delegaciones de los Estados Miembros y de los Miembros Asociados, de los representantes de las Naciones Unidas y de organismos especializados, así como de los observadores enviados por Estados no miembros y por otras organizaciones intergubernamentales. El Comité Jurídico también examina e informa sobre los credenciales de los observadores designados por las organizaciones internacionales no gubernamentales y semigubernamentales admitidas a las reuniones.
     

  • Formula recomendaciones sobre la interpretación de la Constitución de la UNESCO

    En virtud del Artículo 36 del Reglemento de la Conferencia General, el Comité jurídico podrá ser consultado sobre toda cuestión relativa a la interpretación de la Constitución y de los Reglamentos. El Comité podrá formular un dictamen o recomendar a la Conferencia que pida a la Corte Internacional de Justicia una opinión consultiva sobre cualquier cuestión de interpretación de la Constitución. Cuando se trate de un litigio en que sea parte la Organización, el Comité Jurídico podrá recomendar que se someta la cuestión a un arbitraje.

Presidente del Comité Jurídico de la 41a reunión de la Conferencia General

Sr. Pierre Michel EISEMANN (France)

Pierre Michel Eisemann LEG